Lo gratis igual se paga. ¿Quién paga? En este caso, en el marco de una relación de consumo, por orden judicial, paga la firma DANONE ARGENTINA S.A., dueña de la marca “La Serenísima” a un consumidor cordobés.
Si alguna vez juntaste las tapas de yogures y postres para participar en los premios y beneficios de la campaña “Destapadísimos” sabés de qué hablamos, pero sino, te vas a enterar.
Resulta que en el año 2013, un consumidor cordobés de apellido Caronni, compró varios productos de “La Serenísima”, juntó las tapitas que le daban derecho para acceder a los beneficios que ofrecía la campaña de promoción “Destapadísimos” y fue varias veces a los centros de canjes publicitados.
Como consumidor, todas las veces que fue, Caronni salía defraudado en sus expectativas porque la empresa no cumplía con las promesas de campaña.
Como Caronni, además de consumidor, era abogado, sabía que estaba ante un caso de promoción y publicidad engañosa en el marco de una relación de consumo. Entonces, se acercó una vez más a un Centro de Canje, pero esta vez no fue solo. Lo acompañó un escribano que realizó un “Acta de Constatación Notarial”.
O sea que, el escribano dio fe mediante un documento público que Caronni se acercó a ese lugar para el canje de la campaña “Destapadísimos” promocionado por Danone Argentina S.A., que llevó las tapas necesarias para acceder a los beneficios y que salió de ahí con las manos vacías.
Bueno, no tan vacías. El acta de constatación notarial fue fundamental -junto a otras pruebas- para acreditar el derecho de Caronni y la infracción de la empresa al sistema normativo que protege los derechos de las y los consumidores.
Finalmente, la sentencia ordenó el pago de $318.831,10 que, con la actualización correspondiente, ascendía a la suma de $2.700.000.
El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y de Familia de Villa María, Córdoba en los autos “Caronni Lisandro c/ Danone Argentina S.A. s/ Ordinario – Daños y perjuicios” el 2 de agosto de 2021 y cobró notoriedad nacional hae unos días.
En síntesis, el premio no le salió tan SERENITO.
Nuestras fuentes: Diario Judicial y Microjuris.com
